El 8 de abril, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó negar un amparo solicitado por AT&T y, de paso, condenó a la empresa al pago de una indemnización por daño moral a una víctima de robo de identidad. En este caso particular, la afectada, cliente de AT&T, fue objeto de un usurpador que, utilizando su identidad, logró obtener una reposición de su tarjeta SIM. Al activarla, el delincuente tuvo acceso a aplicaciones bancarias y redes sociales de la víctima, llegando incluso a difundir imágenes íntimas.
La Corte llegó a la conclusión de que AT&T había sido negligente en la protección de los datos personales de la usuaria, evidenciando fallos en el proceso de cambio de la tarjeta SIM. Lo que resulta preocupante en el contexto de esta resolución es que la ministra ponente, Loretta Ortiz, no logró demostrar el incumplimiento de ninguna disposición legal específica por parte de AT&T. De hecho, Ortiz reconoció que los hechos del caso no se enmarcaban en un supuesto claro de tratamiento indebido de datos personales y que no había una regulación que exigiera una verificación estricta de identidad en los trámites de reposición de tarjetas SIM.
Los argumentos presentados para establecer la negligencia de AT&T se basaron más en las expectativas de los ministros sobre la conducta responsable de las empresas de telecomunicaciones que en una normativa previa. Se mencionaron propuestas como la incorporación de elementos biométricos en el proceso de reposición de tarjetas y la revisión interna de las cuentas, pero es crucial subrayar que AT&T no tenía conocimiento de estas expectativas en 2019.
Este caso resalta una inquietante tendencia: la SCJN parece juzgar a las empresas sin un marco legal claro y basándose en impresiones y suposiciones personales. La certidumbre jurídica de los particulares se socava cuando se asumen responsabilidades sin un fundamento normativo definido.
Además, sorprende que la Corte haya considerado a AT&T el responsable pleno del daño sufrido por la usuaria, obviando el hecho de que los actos perjudiciales fueron realizados por un tercero, el usurpador. Esto podría abrir la puerta a discusiones sobre la responsabilidad del Estado en la persecución de delitos, siendo este el ente designado para garantizar la seguridad de sus ciudadanos.
Por otro lado, Lenia Batres, destacada figura en la Corte, anunció que se dará vista al Ministerio Público en relación con ciertos comentarios de la defensa de AT&T que, a su juicio, revictimizan a la parte demandante. Esto ha generado controversia, ya que la existencia de tales acusaciones puede ser vista como un ataque a la defensa judicial. En el marco de los derechos civiles, es fundamental que cualquier discusión legal se base en hechos verificables y no en la interpretación de las emociones o percepciones de los involucrados.
Este caso, que marca un hito en la relación entre las empresas de telecomunicaciones y la protección de datos personales, invita a reflexionar sobre la necesidad de una regulación más clara y exhaustiva que respalde tanto a las víctimas como a las empresas en situaciones de este tipo. A medida que la tecnología avanza, la legislación debe adaptarse para garantizar un equilibrio justo entre derechos y responsabilidades.
Actualización: Este análisis se basa en información y acontecimientos hasta el 15 de abril de 2026.
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