Los conductores en Querétaro deben prestar especial atención a las modificaciones y accesorios de sus vehículos, ya que las autoridades locales han impuesto nuevas regulaciones que pueden resultar en sanciones económicas significativas. Desde el 12 de abril de 2026, quienes instalen ciertos dispositivos tecnológicos prohibidos se enfrentan a multas que van desde los 4,692 hasta los 5,865 pesos, dependiendo de la gravedad de la infracción.
El Reglamento para la Movilidad y el Tránsito de Querétaro, en su Artículo 72, fracción IV, prohíbe explícitamente el uso de bloqueadores de señal y detectores de radar de velocidad. Esto implica que cualquier sistema que interfiera con la vigilancia de los oficiales de movilidad está bajo esta restricción. No se limitan únicamente a los dispositivos más conocidos, como los antirradares; la normativa abarca cualquier herramienta que impida el cumplimiento de las normas de tránsito.
Es importante destacar que la multa se aplica sin distinción del tipo de vehículo, ya sea particular o de carga. Si un conductor es sorprendido con alguno de estos dispositivos, la sanción es automática. Además de la multa, el vehículo puede ser remitido al depósito, lo que traerá costos adicionales por su recuperación.
Los conductores deben ser cautelosos y revisar sus vehículos antes de salir a las calles. Un accesorio que pueda parecer inofensivo o que haya sido adquirido con la intención de mejorar la seguridad en la conducción podría convertirse en un motivo de infracción y en un gasto inesperado. Así que, para evitar sorpresas en el bolsillo, es recomendable estar bien informado sobre las regulaciones actuales y asegurarse de que su automóvil cumpla con las normativas vigentes.
Gracias por leer Columna Digital, puedes seguirnos en Facebook, Twitter, Instagram o visitar nuestra página oficial. No olvides comentar sobre este articulo directamente en la parte inferior de esta página, tu comentario es muy importante para nuestra área de redacción y nuestros lectores.


