La reciente decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha marcado un hito en la regulación de las plataformas de reparto en la Ciudad de México. En un juicio que se centró en la legalidad de un cobro del 2% por el uso de infraestructura pública, la Corte ha declarado inconstitucional este gravamen que, a juicio de los magistrados, se disfrazaba de “aprovechamiento”.
Este caso surgió a partir de una solicitud de amparo presentada por una empresa dedicada a la entrega de alimentos, víveres y otros paquetes a través de aplicaciones móviles, que se vio afectada por este cobro estipulado en el artículo 307 TER del Código Fiscal local. Esta reforma, que se implementó en diciembre de 2021, suscitó un debate importante sobre los límites de la autoridad local en materia fiscal.
A pesar de la impugnación del Gobierno de la Ciudad de México ante el juzgado que otorgó el amparo, la Segunda Sala de la SCJN sostuvo que el gravamen en cuestión cumple con las características de un impuesto y no con el concepto de aprovechamiento. Esta decisión resalta un aspecto fundamental de la justicia fiscal: la necesidad de que la legislación sobre comercio electrónico y tributos recaiga exclusivamente en el Congreso de la Unión, y no en autoridades locales que podrían ejercer sus facultades de manera arbitraria.
La sentencia no solo protege el principio de legalidad, sino que también actúa como un freno a las contribuciones potencialmente arbitrarias que podrían surgir de gobiernos locales, asegurando así un marco más claro y justo para los contribuyentes. Este fallo también plantea interrogantes sobre el futuro del comercio digital y la regulación de plataformas que han revolucionado el sector de entregas en el país.
Con el marco legal más claro, se espera que este tipo de decisiones impulsen un entorno más favorable para el crecimiento y el desarrollo de las empresas de reparto, beneficiando a los consumidores y, por ende, dinamizando la economía local. La decisión de la SCJN establece un precedente importante que refuerza la necesidad de una legislación coherente y equitativa en el ámbito fiscal y digital.
Es relevante recordar que esta información corresponde a la fecha de publicación original, el 21 de junio de 2025, y no se cuenta con actualizaciones posteriores hasta la fecha indicada.
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