VIVENCIAS CIUDADANAS – PENSIONES DORADAS: REVISAR SIN CASTIGAR A QUIEN SÍ TRABAJÓ

Por Teodoro Lavín

La gober­na­dora Mar­ga­rita Gon­zá­lez Sara­via ha dicho que el Eje­cu­tivo no pre­sen­tará una ini­cia­tiva para modi­fi­car el sis­tema de pen­sio­nes durante la actual Legis­la­tura. La crea­ción de un Ins­ti­tuto de Pen­sio­nes queda en pausa y, por ahora, no tiene fecha para reto­marse. Al mismo tiempo, el gobierno anun­ció que ana­li­zará jurí­di­ca­mente las lla­ma­das pen­sio­nes dora­das para deter­mi­nar si hay ele­men­tos que per­mi­tan empren­der accio­nes.

La deci­sión puede dar tran­qui­li­dad a miles de tra­ba­ja­do­res y jubi­la­dos que temían que, con el argu­mento de corre­gir las finan­zas públi­cas, se afec­ta­ran sus sala­rios o sus dere­chos adqui­ri­dos. Pero tam­bién abre una pre­gunta nece­sa­ria: ¿qué debe enten­derse por una pen­sión dorada?

No basta con que una pen­sión sea alta para cali­fi­carla de irre­gu­lar. Tam­poco se puede con­cluir que alguien no la merece solo por­que recibe más que otros o por­que el monto aumentó con el tiempo. Una pen­sión puede cre­cer con­forme a las reglas que se le apli­can; eso, por sí mismo, no demues­tra que haya sido otor­gada inde­bi­da­mente. La revi­sión debe mirar cómo se con­ce­dió, qué sala­rio se tomó como base, cuán­tos años se tra­ba­ja­ron y si se cum­plie­ron los requi­si­tos lega­les.

Ahí está la dife­ren­cia entre una pres­ta­ción legí­tima y una que merece inves­ti­garse. Hay per­so­nas que dedi­ca­ron más de 30 años al ser­vi­cio público y que, al ter­mi­nar su vida labo­ral, obtu­vie­ron una pen­sión como resul­tado de ese tra­bajo. No sería justo poner­las bajo sos­pe­cha ni usar su pres­ta­ción para resol­ver un pro­blema finan­ciero que no pro­vo­ca­ron. El sala­rio de quie­nes siguen tra­ba­jando tam­bién debe que­dar fuera de cual­quier recorte, como ha sos­te­nido el gobierno al hablar del res­peto a los dere­chos labo­ra­les.

En cam­bio, sí merece aten­ción el caso de quien obtuvo una jubi­la­ción tras pocos años de ser­vi­cio, sin cum­plir los requi­si­tos que esta­ble­cía la ley, con docu­men­tos fal­sos o mediante una base sala­rial que no corres­pon­día a su tra­yec­to­ria. Esas son hipó­te­sis que deben com­pro­barse expe­diente por expe­diente. Los años de ser­vi­cio pue­den ser una señal para revi­sar un caso, pero no bas­tan por sí solos para decla­rar que una pen­sión es ile­gal. Hace falta cono­cer las nor­mas vigen­tes cuando se otorgó y las prue­bas que res­pal­dan la reso­lu­ción.

La inves­ti­ga­ción anun­ciada, por tanto, no debe con­ver­tirse en una cace­ría de pen­sio­na­dos ni en un ejer­ci­cio de pro­pa­ganda. El gobierno informó que hará un aná­li­sis jurí­dico con espe­cia­lis­tas aca­dé­mi­cos y de la Con­se­je­ría Jurí­dica para deter­mi­nar si exis­ten ele­men­tos para actuar. Tam­bién ha reco­no­cido la nece­si­dad de con­tar con infor­ma­ción actua­rial sufi­ciente para enten­der la situa­ción com­pleta del sis­tema. El siguiente paso debe ser pre­sen­tar cri­te­rios cla­ros y resul­ta­dos veri­fi­ca­bles, sin jui­cios anti­ci­pa­dos.

La trans­pa­ren­cia es indis­pen­sa­ble. La ciu­da­da­nía debe saber cuán­tos casos se revi­sa­rán, bajo qué reglas, quién hará el aná­li­sis y qué pro­ce­di­miento ten­drá cual­quier per­sona seña­lada para pre­sen­tar prue­bas y defen­derse. Si se encuen­tra una irre­gu­la­ri­dad, que se expli­que cuál fue, cómo se acre­ditó y qué medida per­mite la ley.

Si la pen­sión fue con­ce­dida con­forme a dere­cho, debe res­pe­tarse, aun­que su monto sea ele­vado.

Tam­bién con­viene evi­tar que el debate se reduzca a una cifra máxima. En las últi­mas decla­ra­cio­nes se men­cionó la posi­bi­li­dad de armo­ni­zar la regu­la­ción con un límite para futu­ras pen­sio­nes. Pero fijar un tope hacia ade­lante no resuelve auto­má­ti­ca­mente qué hacer con las pres­ta­cio­nes ya con­ce­di­das; ese punto exige aná­li­sis jurí­dico y no puede con­fun­dirse con revi­sar posi­bles abu­sos.

La sus­pen­sión de la ini­cia­tiva para crear el ins­ti­tuto puede abrir espa­cio para cons­truir acuer­dos con los sin­di­ca­tos y estu­diar el pro­blema con más cui­dado. Pero apla­zar una reforma no debe sig­ni­fi­car apla­zar inde­fi­ni­da­mente la revi­sión de casos posi­ble­mente irre­gu­la­res ni dejar a los tra­ba­ja­do­res sin res­pues­tas sobre el futuro del sis­tema.

Si de ver­dad se busca jus­ti­cia, hay que dis­tin­guir: pro­te­ger al tra­ba­ja­dor que cum­plió toda una vida de ser­vi­cio y revi­sar a quien obtuvo una pen­sión sin reu­nir las con­di­cio­nes lega­les. Esa dis­tin­ción — hecha con docu­men­tos, reglas y reso­lu­cio­nes trans­pa­ren­tes— es la que puede dar legi­ti­mi­dad a la inves­ti­ga­ción. La gober­na­dora anun­ció que se revi­sa­rán las pen­sio­nes dora­das; ahora corres­ponde expli­car cómo y con qué garan­tías. ¿No cree usted?

-Dos de octu­bre no se olvida

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