La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dado un paso significativo en el ámbito del consumo de cannabis en México. En un fallo innovador, determinó que la autorización para el autoconsumo lúdico y recreativo de cannabis incluye, de manera legal, la preparación de alimentos que contengan esta sustancia, como galletas y brownies. Esta decisión marca un avance clave en el reconocimiento de derechos individuales, especialmente en un país donde el debate sobre la regulación del cannabis ha sido intenso.
El fallo se desprende de una queja presentada por un particular que argumentó que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) le había otorgado un permiso con limitaciones excesivas. Este reclamo hacía eco de una declaratoria de inconstitucionalidad emitida en 2021, que eliminó la prohibición absoluta del consumo lúdico de cannabis. La Corte, al resolver el caso, aprobó, por 7 votos a favor y 2 en contra, el proyecto de la ministra Lenia Batres Guadarrama. En su argumentación, Batres sostuvo que la preparación de estos alimentos para uso personal “no implica por sí misma una transformación sustancial en su naturaleza jurídica”.
El ministro Arístides Guerrero García también apoyó esta postura, subrayando que la autoridad sanitaria debe facilitar estos permisos para asegurar el ejercicio efectivo de esta libertad, especialmente mientras el Congreso trabaja en una regulación más definitiva. Sin embargo, es importante aclarar que este fallo no representa un permiso absoluto. La SCJN recordó que existen restricciones firmes para proteger a la sociedad. Está prohibido consumir cannabis frente a menores de edad y en lugares públicos sin consentimiento, conducir vehículos o manejar maquinaria peligrosa bajo sus efectos, e incorporar cannabis en medicamentos y productos como cigarrillos electrónicos o vaporizadores.
El fallo no estuvo exento de controversia. Las ministras Yasmín Esquivel Mossa y María Estela Ríos González expresaron su desacuerdo, advirtiendo sobre los riesgos potenciales para la salud, especialmente la posibilidad de que niños puedan ingerir accidentalmente estos alimentos. Ríos González enfatizó que el libre desarrollo de la personalidad tiene límites, especialmente cuando puede afectar a otros, a la familia y a la comunidad.
Este acontecimiento subraya un momento crucial en la jurisprudencia mexicana y continúa abriendo un camino hacia la regulación del cannabis en el país. La SCJN ha dado un paso hacia adelante, pero el debate sobre los detalles de dicha regulación seguro se intensificará en los próximos meses. La situación se mantiene en evolución y es vital seguir de cerca las discusiones legislativas que definirán el futuro del consumo de cannabis en México.
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