Estamos en una etapa crucial para las empresas y personas morales: la presentación de la declaración anual de impuestos correspondiente al ejercicio fiscal de 2025. Este proceso tiene un plazo que comenzó el 1 de enero y concluye el 31 de marzo. Con la llegada de esta fecha límite, es fundamental que los contribuyentes estén preparados para cumplir con sus obligaciones fiscales y así evitar posibles sanciones.
El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) ha elaborado una serie de recomendaciones para facilitar este trámite. Aconsejan no esperar al último momento para presentar la declaración, ya que, como indicó Luis Carlos Figueroa, vicepresidente de fiscal del IMCP, “muchas cosas pueden pasar el último día”. Históricamente, el último día ha presentado problemas: los sistemas de la autoridad tributaria suelen saturarse por la alta demanda de contribuyentes que intentan presentar su declaración a última hora.
Además, es importante considerar que si se necesita actualizar información precargada en la plataforma de la autoridad fiscal mediante declaraciones complementarias, el proceso de actualización puede demorar hasta 24 horas. Esto implica que realizar una actualización el 31 de marzo podría no ser viable para completarlo a tiempo.
Otra recomendación esencial es verificar que la información precargada esté actualizada y correcta. En caso de que se detecten errores, se deben corregir con antelación, teniendo en cuenta los tiempos necesarios para dicho proceso. Asimismo, contar con la información financiera adecuada es crucial, dado que la declaración incluye un apartado para presentar estados financieros.
Un aspecto que no debe pasarse por alto es la necesidad de contar con la e.firma vigente. Los contribuyentes deben asegurarse de revisar su vigencia y, si es necesario, proceder a su renovación con suficiente antelación.
Si una empresa no logra presentar la declaración antes del 31 de marzo, podría enfrentar varias consecuencias. Entre ellas se encuentran cartas de invitación o exhortos por incumplimiento, multas que oscilan entre 20,790 y 41,590 pesos, y la posible restricción temporal del Certificado de Sello Digital si la declaración no se envía dentro de un mes después de la fecha límite.
Es esencial que los contribuyentes tomen nota de estas recomendaciones y actúen con la debida diligencia para asegurar que su obligación fiscal se cumpla en tiempo y forma. Prepararse con antelación no solo evitará contratiempos, sino que también les permitirá enfocarse en el crecimiento y la operación de sus negocios sin la carga de sanciones fiscales.
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