En México, la obligación de pagar impuestos no se detiene ante la edad. Cualquier persona que genere ingresos, incluidos los niños y adolescentes menores de 18 años, está sujeta a esta responsabilidad fiscal. La Ley del Impuesto Sobre la Renta y el Código Fiscal de la Federación (CFF) son claros: la distinción se hace únicamente en base a la obtención de ingresos, sin importar la edad del contribuyente.
Miles de jóvenes en el país generan ingresos a través de diversas actividades como la actuación, la creación de contenido digital y el comercio. Así, la cuestión sobre la fiscalidad aplicable a los menores de edad se ha vuelto un tema crucial que merece atención. Yanin Ortiz, subdelegada de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) en Tabasco, enfatiza que las personas físicas que obtienen ingresos en territorio nacional están obligadas a cumplir con esta normativa, incluyendo a aquellos que residen en el extranjero pero tienen un establecimiento permanente en México.
Bajo estas condiciones, los menores de edad que generan ingresos deben, sin duda, pagar impuestos. La ley establece que los tutores o responsables legales de estos menores son los encargados de cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes. Esto significa que, aunque los niños y adolescentes pueden generar estos ingresos, quienes tienen la tutela son considerados responsables solidarios ante el fisco.
Existen dos escenarios específicos para los menores que trabajan o generan ingresos. Primeramente, los adolescentes de 16 años pueden inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) para comenzar su andadura fiscal, siempre con la autorización de sus padres o tutores. Este registro es particularmente aplicable a aquellos que trabajan formalmente en un empleo subordinado, donde las responsabilidades de cálculo y retención de impuestos recaen sobre el empleador.
Por otro lado, aquellos menores que operan por su cuenta, como los generadores de contenido o los comerciantes, pueden también obtener su RFC, pero las obligaciones fiscales recaen en sus tutores hasta que alcancen la mayoría de edad. Según el catedrático Juvenal Lobato de la UNAM, la normativa fiscal no distingue entre adultos y menores, subrayando que si hay ingresos, necesariamente debe cumplirse con la obligación de declarar y pagar impuestos.
Al llegar a la mayoría de edad, todo joven que haya estado generando ingresos o que prevea hacerlo debe inscribirse en el RFC. La ley mandató en 2022 que quienes cumplan 18 años se registren, aunque no estén trabajando, lo que les permite tener una base legal clara. Sin embargo, el incumplimiento de este registro por parte de quienes ya generan ingresos puede acarrear sanciones que oscilan entre 4,480 y 13,430 pesos.
Este marco legislativo es fundamental para entender el panorama fiscal de los jóvenes en México. La realidad de que cada ingreso cuenta y que la responsabilidad fiscal puede recaer en sus tutores es un aspecto que cualquier joven emprendedor o trabajador debe considerar seriamente.
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Datos basados en información reportada originalmente por eleconomista.com.mx.






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