Se aproxima la fecha límite para que las personas morales realicen el reparto de utilidades en México, un proceso obligatorio que debe llevarse a cabo antes del 30 de mayo. Las pequeñas y medianas empresas (pymes) no quedan exentas de esta responsabilidad y deben cumplir con la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa (PTU), cuyo plazo de entrega para personas físicas se extiende hasta el 29 de junio. Esta información es relevante, dado que más del 55% de los emprendimientos operan bajo este régimen, según la Asociación de Emprendedores de México (Asem).
Es fundamental aclarar que la PTU no es un bono o una ventaja adicional; se trata de un derecho laboral que está estipulado en la Constitución mexicana. Josefina Mera, directora ejecutiva de Conta MC, enfatiza la importancia de entender este concepto, ya que muchos trabajadores lo confunden con un beneficio ignorando su naturaleza de derecho.
A pesar de que el reparto de utilidades es una práctica esperada por los empleados, existen excepciones. Según el artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo, algunas empresas están exentas de esta obligación. Estas incluyen:
1. Empresas recién creadas durante su primer año fiscal.
2. Compañías que han lanzado un nuevo producto en los primeros dos años de operación.
3. Organizaciones de la industria extractiva durante el período de exploración.
4. Empresas sin fines de lucro.
5. Instituciones públicas descentralizadas con un enfoque cultural.
6. Empresas cuyos ingresos anuales no superan los 300,000 pesos.
Josefina Mera añade que el último punto suele pasarse por alto, pero es fundamental que las pymes se mantengan informadas, ya que, mientras no alcancen ese umbral de ingresos, están exentas de esta obligación.
Las consecuencias de no cumplir con el reparto de utilidades pueden ser severas. Los trabajadores cuentan con representantes que tienen el derecho de solicitar al empleador una copia de la declaración de la PTU. El empleador tiene un plazo de 10 días para presentar la información requerida; si hay un sindicato involucrado, este plazo se extiende a 30 días. Si surge alguna objeción, el caso se lleva a una junta de conciliación y arbitraje, que evaluará la situación.
Es vital mencionar que, aunque las pymes no cuenten con un sindicato, los trabajadores individualmente pueden solicitar la correspondiente documentación y, si detectan irregularidades, presentar su denuncia ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet). Por lo tanto, se recomienda a las pymes ser diligentes en el cálculo y pago de la PTU, pues las sanciones por incumplimiento pueden oscilar entre 28,285 y 565,700 pesos por trabajador, tal como lo establece la Ley Federal del Trabajo.
Además de las implicaciones económicas, el no cumplir con esta obligación puede dañar gravemente la reputación de estas empresas. El reparto de utilidades es uno de los pagos más esperados del año y su omisión puede resultar en un aumento de la insatisfacción laboral entre los empleados.
Por ende, es crítico que las empresas mantengan una actualización constante en materia laboral y fiscal. Un ejemplo pertinente es el límite de utilidad, que se define como el promedio de la PTU de los últimos tres años o tres meses de salario, lo cual es esencial para el cálculo correcto de lo que se debe repartir entre los empleados. Como destaca Mera, es fundamental reconocer que parte de las ganancias de una empresa corresponde a sus trabajadores, promoviendo así una cultura de participación en el éxito financiero de la organización.
Este análisis no solo refleja la importancia jurídica y laboriosa del reparto de utilidades, sino que también resalta el impacto significativo que tiene en la moral y lealtad de los trabajadores, aspectos que las pymes deberían priorizar en su gestión.
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